domingo, 20 de mayo de 2018

Unidad 2, Sesión 5, actividad 2
Marco Teórico


Antecedentes

El término cáncer engloba a un grupo de más de 100 tipos de la enfermedad que tiene como característica principal el rápido y desordenado crecimiento de células anormales (Bustamante, et al., 2012). La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera al cáncer de mama como uno de los padecimientos predominantes a nivel mundial. De 2003 a 2010 se diagnosticaron con este tipo de cáncer aproximadamente a 4.4 millones de mujeres (OMS 2012).
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), dio a conocer que la principal causa de morbilidad en mujeres de 20 años y más se debe a esta neoplasia e, igualmente, es la segunda causa de mortalidad en las mujeres comprendidas en este rango de edad (INEGI, 2018). El Programa de Acción Cáncer de Mama de la Secretaría de Salud indicó que el rango de edad predominante de las mujeres con esta neoplasia se amplió a partir de 2006, pasando de 45 a 60 años de edad, al de mujeres de 14 años. En México cada nueve minutos se detecta un nuevo caso y existen más de 60 000 mujeres de 14 años y más con este padecimiento (Castrezana, 2017).
Los Disruptores Endocrinos (DE) son sustancias tóxicas que afectan la síntesis, secreción, transporte, unión, acción, o eliminación de hormonas presentes en el cuerpo (Basavarajappa et al., 2012). Algunos DE actúan de forma aditiva con las hormonas del organismo actuando en múltiples sitios y órganos blanco. También pueden interferir con los mecanismos de retroalimentación del sistema endocrino, pueden actuar como inhibidores o activadores de las enzimas clave o bien en los niveles de expresión de las enzimas involucradas en la biosíntesis de esteroides (Hampl et al., 2014). Entre estos compuestos se encuentran plaguicidas, cosméticos, solventes, pinturas, productos de uso farmacológico y otros contaminantes presentes en el medio como los compuestos perfluorados (CPF) o el bisfenol A (BFA), que alteran la homeostasis endocrina en los organismos. Varios estudios han demostrado los vínculos entre la exposición a DE y problemas tanto reproductivos y desarrollo de cáncer (Heath et al., 2011).

Introducción

Entre el 30 y el 50% de los cánceres se pueden evitar. Para ello, es necesario reducir los factores de riesgo y aplicar estrategias preventivas de base científica. La prevención abarca también la detección precoz de la enfermedad y el tratamiento de los pacientes. Si se detectan a tiempo y se tratan adecuadamente, las posibilidades de recuperación para muchos tipos de cáncer son excelentes (OMS).
El cáncer de testículo u ovario es la segunda de las principales causas de fallecimiento por tumores malignos en la población mexicana de 18 a 29 años, siendo los varones quienes presentan un mayor porcentaje de muertes por este tipo de cáncer, aproximadamente en una proporción dos a uno. Este tipo de canceres en este punto del ciclo de vida, comienzan a despuntar (INEGI, 2018).
Algunos tipos de cáncer de ovario son más comunes entre las mujeres mayores de 40 años, sin embargo, se presenta mayormente en mujeres adolescentes y jóvenes, y usualmente no hay síntomas. Sobre el cáncer testicular, destaca que la gran mayoría se diagnostica en hombres jóvenes, principalmente de 20 a 34 años, no obstante, puede desarrollarse a cualquier edad (American Cancer Society, 2015. INEGI, 2018).
En México durante el periodo de 2011 a 2016, los cinco principales tipos de cáncer que sobresalen como causa de mortalidad en la población de 30 a 59 años son: los tumores malignos de los órganos digestivos, el cáncer de órganos genitales femeninos, el tumor maligno de mama (INEGI, 2018).
Planeación administrativa y de organización
Las instituciones públicas de salud en México están avanzando hacia la cobertura universal de la protección social en salud, con la expectativa oficial y el compromiso legal de lograrlo. La integración de las instituciones públicas es una función básica de gobernanza en la búsqueda de formular políticas para atender al interés público (Ibarra, I., et.al., 2013). La Fundación Mexicana para la Salud (Funsalud) considera de gran importancia avanzar hacia el objetivo de diseñar e implantar una política pública de Estado que permita entre otras tener como ejes centrales la conformación de un sistema de salud universal y (Grupo de trabajo de la Fundación Mexicana para la Salud, 2013). La integración tendría importantes beneficios para una economía globalizada y altamente competitiva, sobre todo al garantizar la continuidad de la atención en la población mexicana (Ibarra, I., et.al., 2013).
Para realizar el proyecto de creación del Centro de Investigación y presentarlo ante la Cámara de Diputados es importante estudiar y analizar el marco jurídico mexicano, con la finalidad de definir la normatividad interna que regule la actuación de los colaboradores del centro (Jímenez, G. 2004). Una de las principales leyes a revisar es la ley de los Institutos Nacionales de Salud.
Ley de los Institutos Nacionales de Salud
Esta ley tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de los Institutos Nacionales de Salud, así como fomentar la investigación, enseñanza y prestación de servicios que se realice en ellos. De las fracciones más importantes de esta ley, se pueden mencionar las del artículo sexto, que competen a la correspondencias de los Institutos de Salud, promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, y celebrar convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines, realizar estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básicas, en las áreas para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación de los afectados, así como para promover medidas de salud, asesorar a los centros especializados de investigación, enseñanza o atención médica de las entidades federativas y, en general, a cualquiera de sus instituciones públicas de salud. En el artículo once se menciona que los ingresos de los Institutos Nacionales de Salud derivados de servicios, bienes o productos que presten o produzcan serán destinados para atender las necesidades previamente determinadas por sus órganos de gobierno, que las fijarán conforme a lo dispuesto por el Presupuesto de Egresos de la Federación. En el capítulo de Órganos de administración, se dicta que la administración de cada uno de los Institutos Nacionales de Salud estará a cargo de una junta de gobierno y de un director general, las juntas de gobierno de cada uno de los Institutos Nacionales de Salud sea integrada por el Secretario de Salud, quien las presidirá; por el servidor público de la Secretaría que tenga a su cargo la coordinación sectorial de estos organismos descentralizados; por un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; otro del patronato del Instituto, y otro que, a invitación del Presidente de la Junta, designe una institución del sector educativo vinculado con la investigación, así como por cuatro vocales, designados por el Secretario de Salud, quienes serán personas ajenas laboralmente al Instituto y de reconocida calidad moral, méritos, prestigio y experiencia en su campo de especialidad. Estos últimos durarán en su cargo cuatro años y podrán ser ratificados por una sola ocasión (Cámara de Diputados, 2015).


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